Saltar al contenido principal
LA SEPRELAD RECUERDA A LOS SUJETOS OBLIGADOS EL PAGO DE CANON ANUAL

Los Sujetos Obligados deberán abonar el Canon Anual, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2026, conforme a lo establecido en la Resolución N° 056 de fecha 03 de febrero de 2026.

Al ingresar en el SIRO – Sección “Cuentas”, los Sujetos Obligados deberán descargar sus liquidaciones de pago de Canon Anual, a fin de obtener los montos actualizados, plazos e información completa para realizar sus respectivos pagos. Los mismos deberán ser abonados en la Cuenta Corriente del Banco Nacional de Fomento N° 000- 00-940031/8 – TESORO PÚBLICO-SEPRELAD-DTO. No.4561, RUC N° 80007313-4, por medio de depósito en cualquier sucursal/corresponsal no bancario del Banco Nacional de Fomento o por transferencia bancaria.

Posteriormente, los SO deberán subir en el SIRO – Sección “Cuentas”, el duplicado de la boleta de depósito o comprobante de la transferencia, en un plazo de 24 (veinticuatro) horas siguientes a la realización del pago, a fin de que el mismo sea reconocido y se proceda a la emisión del Comprobante de Ingreso, necesario para la finalización del proceso de pago.

Los Sujetos Obligados que no cumplan con el pago del Canon Anual para el 30 de junio de 2026, deberán abonar un recargo por mora del 2% sobre el importe establecido, por cada mes adeudado. En cuanto a los usuarios creados posteriormente al vencimiento, estos tendrán un plazo de 1 (un) mes para abonar el Canon Anual sin recargo alguno. Cumplido dicho plazo, se considerará el recargo por mora mencionado anteriormente.

 


Esta entrada fue publicada en Noticias
saltar al contenido