SEPRELAD aprueba procedimientos y requisitos de inscripción a través del SIRO para los Sujetos Obligados de varios sectores

SEPRELAD aprueba procedimientos y requisitos de inscripción a través del SIRO para los Sujetos Obligados de varios sectores

El ministro de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD), René Fernández Bobadilla, aprobó los procedimientos y requisitos para la inscripción en el Registro de la SEPRELAD, a través del Sistema Integrado de Reporte de Operaciones (SIRO), para los Sujetos Obligados de los sectores de Cajas de Seguridad, Transporte o Atesoramiento de Valores o Caudales, Objetos de Arte y Antigüedades y la Inversión Filatélica o Numismática, determinados en la ley N° 1015/97 y sus modificatorias.

Además, la máxima autoridad institucional exhortó a los Sujetos Obligados de los sectores referidos, a inscribirse, o en su caso reinscribirse a través del Sistema SIRO, cuya implementación fue aprobada por la Resolución SEPRELAD Nº 247/21. Se estableció el periodo de reinscripción a partir de la vigencia de esta resolución hasta el 31 de julio de 2023.

Asimismo, se estableció exonerar del pago de arancel en concepto de reinscripción, a los Sujetos Obligados que cumplen con la obligación durante el plazo establecido mencionado anteriormente.

Finalmente se deja sin efecto, a partir del 1 de agosto de 2023, todas las Constancias de inscripción de Sujetos Obligados de los sectores de Caja de Seguridad, Transporte o Atesoramiento de Valores o Caudales, Objetos de Arte y Antigüedades y la Inversión Filatélica o Numismática emitidas por la SEPRELAD en el marco de la Resolución SEPRELAD Nº 218/11 que no hayan realizado su proceso de reinscripción en el plazo establecido.

Puede acceder a la resolución íntegra ingresando a: bit.ly/3Mj2hU2