SEPRELAD aprueba reglamento de prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo para las organizaciones políticas

SEPRELAD aprueba reglamento de prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo para las organizaciones políticas

La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD), resolvió aprobar el reglamento de prevención de Lavado de Activos (LA) y Financiamiento del Terrorismo (FT) con Enfoque Basado en Riesgo para las organizaciones políticas

La resolución 369/2022 se emite debido a que en el objetivo Nº 16 del Plan Estratégico del Estado paraguayo (PEEP) se establece la necesidad de actualizar e implementar el Enfoque Basado en Riesgos en el marco regulatorio nacional y sectorial ALA/CFT, de manera a establecer las condiciones que deben ser tenidas en cuenta en las políticas y procedimientos a ser aplicados por los Sujetos Obligados, basados en la administración de riesgos para la prevención del LA/FT, conforme a un perfil Integral de riesgo, su objetivo, su tamaño, el volumen y la complejidad de sus operaciones, contemplando los criterios y parámetros considerados mínimamente necesarios y definidos.

Además, teniendo en cuenta que la Ley N° 6501/20 modificatoria de la Ley N° 4743/12 establece que "Queda expresamente determinado que los partidos, movimientos políticos, alianzas y concertaciones electorales se constituyen en sujetos obligados conforme a la Ley No 1015/1997 "QUE PREVIENE Y REPRIME LOS ACTOS ILÍCITOS DESTINADOS A LA LEGITIMACION DE DINERO O BIENES", Y SUS MODIFICACIONES..,"

Así también resalta, que el presente reglamento es de aplicación obligatoria para las organizaciones políticas que dispongan entre sus fines la participación en elecciones internas, nacionales, municipales, departamentales, de autoridades partidarias, convencionales, constituyentes, entre otros, en adelante Sujetos Obligados (SO), supervisados por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).

Los SO deben implementar un sistema integral de Prevención de Lavado de Activos (LA) y Financiamiento del Terrorismo (FT), cuyo alcance abarque a toda la organización política, incluyendo a aquellas que delegan la ejecución de los procesos en intermediarios.

Puede acceder a la Resolución íntegra ingresando a:  bit.ly/3KSkWoQ