Día Internacional de Conmemoración y Homenaje a las Víctimas del Terrorismo

Día Internacional de Conmemoración y Homenaje a las Víctimas del Terrorismo
La Asamblea General, en su resolución 72/165 (2017), decide proclamar el 21 de agosto Día Internacional de Conmemoración y Homenaje a las Víctimas del Terrorismo, a fin de honrar y apoyar a las víctimas y los supervivientes del terrorismo y promover y proteger el goce pleno de sus derechos humanos y libertades fundamentales.
 
Dicha resolución representa los esfuerzos constantes de la Asamblea General, la Comisión de los Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos para promover y proteger los derechos de las víctimas del terrorismo.
 
La Estrategia global de las Naciones Unidas contra el terrorismo, aprobada por la Asamblea General el 8 de septiembre de 2006, señala que la deshumanización de las víctimas del terrorismo en todas sus formas y manifestaciones genera un ambiente propicio para la propagación del terrorismo.
 
También seguir fortaleciendo y aprovechando al máximo la capacidad de las Naciones Unidas en ámbitos como la prevención de conflictos, la negociación, la mediación, y el mantenimiento y la consolidación de la paz, es la forma más eficaz de luchar contra el terrorismo y respetar la dignidad humana y defender el estado de derecho, resalta la Organización Internacional. 
 
En Paraguay, la Ley N° 4024/2010 castiga los hechos punibles de Terrorismo, Asociación Terrorista y Financiamiento del Terrorismo.
 
Además el 2 de abril de 2019, la Presidencia de la República emitió un decreto N° 1548/2019: “Por la cual se crea el Consejo de Supervisores de Sujetos Obligados, componentes del Sistema Anti Lavado de Activos (ALA)/Contra el Financiamiento del Terrorismo (CFT)/Contra el Financiamiento para la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva del Paraguay (CFT)”.
 
Asimismo la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD),  aprobó una guía general de capacitación en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Así como también emitió una serie de reglamentaciones dirigido a las entidades cooperativas sujetas a la supervisión y fiscalización del Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP), personas físicas o jurídicas que presten servicios de remisión o recepción de remesas, transferencias, giros, envíos de dinero, órdenes de pagos, sean electrónicas o físicas y entidades que integran el mercado de valores sujetas a la supervisión y fiscalización de la Comisión Nacional De Valores (CNV).