CIRCULAR
UIF-SEPRELAD/SE N° 004/2013
La Secretaría de
Prevención de Lavado de Dinero o Bienes, en su carácter de autoridad de
aplicación de la Ley N° 1015/97 y su modificatoria la Ley N° 3783/09, recuerda
a todos los sujetos obligados de los diferentes sectores de la economía
nacional y en especial a los que se encuentran bajo la supervisión de la
SEPRELAD:
Que, todas las
reglamentaciones emitidas por la SEPRELAD, se encuentran publicadas en la
página web institucional (www.seprelad.gov.py),
donde podrán verificar los requerimientos a ser cumplidos, de conformidad a las
disposiciones de la Ley N° 1015/97, su modificatoria la Ley N° 3783/09, su
Decreto Reglamentario N° 4561/10 y los estándares internacionales en la
materia; y,
Que, la SEPRELAD no
recomienda los servicios de ningún profesional específico para la
elaboración de manuales de observancia interna de cada sector. Ante
cualquier consulta al respecto, se podrá realizar al teléfono RA 021 600 435 o
al correo electrónico seprelad@seprelad.gov.py,
donde funcionarios técnicos brindaran asesoramiento gratuito.
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