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¿Qué
es el ROS?
El ROS o
Reporte de Operaciones Sospechosas es la comunicación
mediante la cual los sujetos obligados reportan cualquier hecho u
operación, con independencia de su cuantía en
virtud a lo que establece el artículo 19 de la Ley 1015/97.
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¿Cuándo
una operación es considerada sospechosa?
Operaciones
Sospechosas: Se consideran en especial aquellas que sean complejas,
inusuales, importantes o que no respondan a los patrones de
transacciones habituales; aunque no sean importantes, se registren
periódicamente y sin fundamento económico o legal
razonable; que por su naturaleza o volumen no correspondan a las
operaciones activas o pasivas de los clientes según su
actividad o antecedente operativo; y que sin causa que lo justifique
sean abonadas mediante ingresos en efectivo, por un número
elevado de personas.
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Articulo
12 (Ley 1015/97 ): Ámbito de
aplicación:
Las obligaciones establecidas en este
Capítulo se aplican a: |
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todas las operaciones que superen diez mil
dólares americanos o su equivalente en otras monedas, salvo
las excepciones contempladas en esta ley; y,
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aquellas operaciones menores al monto
señalado en el inciso anterior, de las que se pudiere
inferir que fueron fraccionadas en varias con el fin de eludir las
obligaciones de identificación, de registro y de reporte.
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¿Quiénes
son Sujetos Obligados a la Ley 1.015/97?
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Artículo
13 (Ley 1015/97): son Sujetos obligados:
Quedan sujetas a las obligaciones establecidas en el presente
capítulo las siguientes entidades:
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los bancos;
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las
financieras;
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las
compañías de seguro;
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las casas
de cambio;
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las
sociedades y agencias de valores (bolsas de valores); es
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las
sociedades de inversión;
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las sociedades
de mandato; |
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las
administradoras de fondos mutuos de inversión y de
jubilación; |
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las cooperativas de crédito y de
consumo; |
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las que explotan juegos de azar; |
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las inmobiliarias; |
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las fundaciones y organizaciones no
gubernamentales (ONG´S); |
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las casas de empeño; y; |
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cualquier otra persona física o
jurídica que se dedique de manera habitual a la
intermediación financiera, al comercio de joyas, piedras y
metales preciosos; objetos de arte, antigüedades, o a la
inversión filatélica o numismática. |
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¿Qué
es un Actor Reportado?
Actor
Reportado: es la persona física o jurídica que
realiza cualquier hecho u operación, con independencia de su
cuantía, registre periódicamente y sin fundamento
económico o legal razonable y esto, pueda constituir serios
indicios o sospechas de que esté relacionado con el delito
de lavado de dinero.
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